El documento final del Grupo de Trabajo de Acceso a la Justicia[13] comienza por reconocer que “el principal problema de la justicia en el Perú son sus serias limitaciones al acceso universal de los ciudadanos a la justicia”[14]. El primer reconocimiento no fue a la justicia comunal, sino a la las rondas campesinas. Además, ellos son moral y legalmente responsables del contenido de sus textos, así como del respeto a los derechos de autor de las obras consultadas y de las citadas en estos; por lo tanto, no comprometen en ningún sentido el pensamiento de los comités, del equipo editorial, los evaluadores, ni de la revista. El fallo de la Suprema concluye: “2.12. TERCERA.- En la década de 1990 se han efectuado reformas constitucionales muy importantes en los países andinos, particularmente Colombia (1991), Perú (1993), Bolivia (1994) y Ecuador (1998) en los que destacan el reconocimiento del carácter pluricultural de la Nación y Estado, el reconocimiento de los pueblos indígenas y la ampliación de sus derechos como la oficialización de los idiomas indígenas, la educación bilingüe, la protección del medio ambiente, el reconocimiento del derecho consuetudinario, junto con estas reformas dichos países también han ratificado el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, lo que supone cambios muy importantes en la doctrina jurídica basada en el monismo jurídico y la identidad Estado-Derecho y dan las pautas para la construcción de un nuevo modelo de juridicidad, en el marco de un nuevo modelo de Estado Pluricultural. Esto motivó a que el gobierno fujimorista intentará controlar esta organización social y ponerla al servicio de la lucha contra la subversión. Asimismo, detrás de estos pronunciamientos hay un reconocimiento que se debe pasar de la lógica de confrontación entre la justicia estatal y la justicia comunal a una lógica de coordinación. Peruanos “buenos”: ¿por qué está politizada la llamada marcha por la paz? El problema con el artículo 149 de la Constitución es que solo reconoce facultades jurisdiccionales a las comunidades campesinas y nativas, más no a las rondas campesinas autónomas, que surgen y existen por fuera de la estructura de las comunidades campesinas. Proponer una modificación de la norma penal, de manera que se incremente la posibilidad de variación de la pena a servicios comunitarios, en el sentido de que la sanción distinta al encarcelamiento se pueda imponer en casos en que la sanción sea hasta de 08 años de pena privativa de libertad”. Besides, we always catch the latest technology and adapt to follow world’s new trends to deliver the best themes to the market. Lima: CEAS y Deshaciendo Entuertos; Raquel Yrigoyen. 1; 2 » Download The Indigenous World. Los invitamos a sintonizar nuestra señal en vivo audiencia y conferencia 24/7. En proceso de consolidación también se encontraban algunas reglas. Lima, 2007. https://idl.org.pe/portfolio/derecho-indigena-conflicto-y-justicia-comunitaria-en-comunidades-kichwas-del-ecuador/; Brandt, Hans-Jürgen Franco Valdivia, Rocío. Esto se ve reflejado en la 28º Política de Estado del Documento Final del Acuerdo Nacional[8], donde se reconoce la importancia de la justicia comunal, haciendo de ella una pieza importante de la política de Estado en materia de justicia. El desarrollo jurisprudencial de la justicia comunal: las primeras sentencias[22]. All countries featured on our website can be found in . 149° de la Constitución que reconoce la existencia de las comunidades campesinas y la potestad de “administrar justicia” conforme a su derecho consuetudinario y por el otro lado el Art. El reconocimiento de la justicia comunal se confunde por momentos con el reconocimiento de las rondas campesinas. La "justicia comunitaria" tiene una función social muy importante. Esta sentencia es importante toda vez que puso evidencia que la justicia comunal tiene competencia para resolver todo tipo de conflictos que afecten a las comunidades, sean estos de abigeato o de empresas extractivas que afectan el territorio de las comunidades campesinas. "Ya hay una investigación abierta de diligencias preliminares correspondientes a los hechos ocurridos en diciembre. El Estado no está en condiciones de sustituirla. en Venezuela y Perú. Jurisdicción y competencia en el derecho indígena o . Estudio cualitativo en comunidades indígenas y campesinas de Ecuador y Perú. 3. Normas, valores y procedimientos en la justicia comunitaria. En esa línea, un caso que vale la pena ser mencionado, es el caso del líder indígena Zebelio Kayap[28] del pueblo indígena awajún, a quien se le abrió proceso penal en la Corte Superior de Justicia de Amazonas por “retener” a trabajadores de una empresa minera, que intentaba –y aún intenta- explotar oro dentro del territorio ancestral de dicho pueblo[29], sin permiso y sin consulta previa a estos pueblos, y en el marco de graves denuncias de captura del Estado por intereses privados[30]. Y no es capaz, primero, porque no tiene presencia en las zonas rurales, y cuando llega, no reconoce ni respeta las diferencias culturales. Un hecho que tiene relevancia en el desarrollo de la justicia comunal es la práctica de los magistrados de la Corte Superior de Justicia de San Martín, según la cual, cuando los abogados de los presuntos abigeos presentan un hábeas corpus, cuando estos últimos son detenidos por las rondas campesinas por la comisión de algún delito, el juez que conoce el mencionado proceso constitucional de hábeas corpus debe apersonarse para hablar con el presidente de la ronda campesina y solicitar el acta de detención, a afectos de evaluar la razonabilidad de la detención. 4. Tomo I. Uno de los principales desafíos que la justicia comunal ha intentado enfrentar con cierto éxito, es el abigeato en el campo. 100% (1) . La Rosa, J. Normas, valores y procedimientos en la justicia comunitaria. Disponible en: http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/3163, [5] Juan Carlos Ruiz Molleda. 4. Existencia de un grupo diferenciable por su origen étnico o cultural y por la persistencia diferenciada de su identidad cultural. El reconocimiento de la justicia comunal como política pública por el Acuerdo Nacional. [10] Ver nuestro artículo titulado “Justicia comunal y justicia estatal en el Perú: de la confrontación a la coordinación” en: https://kipdf.com/justicia-comunal-y-justicia-estatal-en-el-peru-de-la_5b15be557f8b9a7a988b45a5.html. “Tomando en cuenta la trascendencia de promover y consolidar un sistema de justicia intercultural en el Perú, que responda a nuestra realidad pluriétnica y cultural, el Poder Judicial estimó necesario elaborar un protocolo de coordinación entre las autoridades de la jurisdicción ordinaria y de la jurisdicción especial. De igual modo, la demandante alega que luego de la sentencia antes referida y que ahora se cuestiona, se inició una persecución en contra ella y contra los directivos de la comunidad que tomaron la decisión, atentando contra su libertad”. Si se lee bien, no es un reconocimiento de la especifica función de impartir justicia, sino de un reconocimiento más político y social. R/. La Cartilla está basada en la realidad peruana, y por ello esperamos que se convierta en una herramienta útil y práctica para todas las instancias que, de diferente manera, intervienen en el desarrollo de la justicia comunal en el país. Llasag, R. (2006). Diario referente del sur del Perú, espacio de reflexión sobre el desarrollo humano y su relación con el medio ambiente, la sociedad y la economía. debates en torno a una propuesta de desarrollo del artículo 149 de la Constitución. En: La Facultad Jurisdiccional de las Rondas Campesinas. En el caso Tres Islas, el TC plantea la diferencia entre la autonomía territorial y la autodeterminación y el ejercicio de la función jurisdiccional: “La demandante indica que en virtud de la autonomía comunal reconocida por el artículo 89º y materializada en el artículo 149º de la Constitución, la comunidad tiene derecho de organizarse y tomar las medidas que estimen más pertinentes para la protección de sus intereses y derechos, lo que en este caso se manifiesta en la capacidad de controlar quiénes ingresan a su territorio. (STC No 00220-2012-PA/TC, f.j. 5). Decimos esto porque el TC decide por los pueblos indígenas cuales son los asuntos que resolverá la justicia indígena. Un nuevo marco para la vigencia y desarrollo democrático de la pluralidad cultural y jurídica. Y es que las comunidades tienen serios problemas para acceder a la justicia estatal[4]. Apoyamos la defensa de las comunidades campesinas, gracias por la información. [22] Juan Carlos Ruiz Molleda. Revista Alpanchis: No 59-60 Edición Especial, Vol. Lima, 2007. En la tramitación de estos procesos es que se realiza el dialogo intercultural. (Pág. Nos comprometemos a garantizar el acceso universal a la justicia, la promoción de la justicia de paz y la autonomía, independencia y el presupuesto del Poder Judicial, así como regular la complementariedad entre éste y la justicia comunal. Este protocolo sistematiza una serie de pautas y estándares que regulan la actuación de todas esas autoridades, con miras a establecer criterios para la solución de conflictos que puedan suscitarse entre ellas, fortalecer las relaciones de coordinación actualmente existentes y, en último caso, que todo este proceso se conduzca sin ninguna forma de discriminación y bajo criterios de reciprocidad. El cuarto eje temático fue: “Sanción penal y medidas cautelares a ciudadanos de las comunidades nativas, comunidades y rondas campesinas”. Nº 3746-2005, 07/12/05; Cajamarca, Sala Penal Permanente, Exp. El inciso 3 del artículo 171 de la Constitución Política del Estado, establece que "Las x cas como costos de defensa y aranceles judiciales, hay barreras geográficas por la gran distancia entre muchos pueblos y las sedes del Poder Judicial, barreras lingüísticas y culturales por el idioma castellano que se habla en los juzgados Si bien hay reglas que no están referidas directamente a la justicia comunal, si guardan relación con ellas, razón por la cual, consideramos oportuno mencionarlas. Disponible en: https://www.defensoria.gob.pe/modules/Downloads/informes/varios/2005/rondas_campesinas.pdf. Sagüés, N. (2007). González Luna, María Alejandra. Esta cooptación se concreta con los D. S. No 002-93-DE-CCFFAA, publicado el 16/01/93, el cual dispone que las rondas campesinas adecuen su organización y funciones a los comités de autodefensa. La coordinación no se realiza necesariamente como dialogo explícito y puntual entre las cabezas de ambas. No 012-88-IN. 5. IDL. Sin lugar a duda lo que desarrolla el contenido de la justicia comunal es el acuerdo plenario de la Corte Suprema No 1-2009/CJ-116[25]. Editorial Astrea. Hacia una ley de coordinación para la justicia. Entre las principales reglas podemos destacar las que permiten identificar los elementos de la justicia comunal, o denominada por la Corte Suprema como “jurisdicción especial comunal-ronderil”. La propuesta señala como problema la ausencia de coordinación entre la justicia comunal y la justicia ordinaria, así como la falta de respeto de la justicia comunal por las autoridades públicas y la justicia ordinaria. Adviértase en las anteriores normas que no hay un reconocimiento a las rondas campesinas autónomas de la facultad jurisdiccional de las rondas campesinas autónomas. 2. (STC No 07009-2013-PHC, f.j. 35), “de ninguna manera son pasibles de ser conocidos en el fuero comunal, pues tal clase delitos no solo repercuten sobre el contenido de derechos fundamentales esenciales, sino que comprometen a personas de condición especial como son sin duda, los menores de edad”. Dado que está acotando y restringiendo una competencia entregada por la Constitución política a los pueblos indígenas, debió el TC sustentar y fundamentar las razones que hay detrás de su opción interpretativa, más aún cuando está restringiendo no solo una facultad constitucional, sino limitando el acceso a la justicia de la población rural. Serie Justicia comunitaria en los Andes: Perú y Ecuador, Volumen: 9, Instituto de Defensa Legal, IDL, Lima, 2013. Formalmente, la finalidad fue que las Salas Penales Permanentes, Transitorias y Especial de la Corte Suprema unifiquen la interpretación del artículo 149 de la Constitución sobre las rondas campesinas y su función jurisdiccional. En otras palabras, hay una lectura ius privatista de la justicia comunal. Es importante, entre otras, cosas esta norma, por comenzar a situar el debate ya no en términos de reconocimiento de la justicia comunal, sino en términos de coordinación de la justicia ordinaria y la justicia comunal. Más que un desarrollo de la función jurisdiccional es un desarrollo de las competencias de la justicia comunal en general. Tenemos varias sentencias a nivel de Cortes Superiores, y Corte Supremas. Constitución, Jurisdicción Indígena y Derecho Consuetudinario. Independientemente de la jerarquía de estas reglas y de la vinculatoriedad de las mismas, son reglas que intentan allanar el camino de la implementación de la justicia comunal reconocido en el artículo 149 de la Constitución. A nivel de la jurisdicción comparada, es de destacar la Sentencia T-552/03 de la Corte Constitucional de Colombia. pdf. Hay una demanda para resolver los conflictos dentro de los parámetros culturales de la población andina y amazónica, algo que la justicia estatal no puede satisfacer. No obstante, quedan algunas dudas, pues no termina de quedar claro si a través de un acuerdo plenario se puede interpretar el artículo 149 de la Constitución. El TC en el caso Villar no ha motivado su interpretación de cuál debe ser la competencia material de la justicia indígena. YRIGOYEN, R. (2002) Justicia Comunitaria en los Andes. Luego de dichas conclusiones, formule las siguientes recomendaciones: PRIMERO.- Se debe reconocer el derecho consuetudinario y la justicia comunitaria, dado que el nuestro es un país heterogéneo donde existen diversas culturas, lo que en el campo de la administración de justicia se traduce en la facultad de las comunidades campesinas y nativas para resolver conflictos sobre la base de la costumbre local y los órganos estatales deben promover este reconocimiento fáctico del pluralismo legal. Mediante Resolución Administrativa Nº 333-2013-CE-PJ, publicada el 29 de noviembre de 2014, se aprobó el “Protocolo de Coordinación entre Sistemas”. Los efectos comenzarán a verse en . En sus días florezca la justicia y la paz hasta que falte la luna; domine de mar a mar, del Gran Río al confín de la tierra. Temis. No se tratan de reglas nuevas necesariamente, sino del desarrollo de reglas que tienen cobertura normativa en nuestro ordenamiento jurídico. (STC No 00220-2012-PA/TC, f.j. 7), “Este Tribunal considera que al interior de una comunidad campesina se puede ejercer contra los miembros de ésta el derecho disciplinario sancionador, cuando estos cometan faltas tipificadas en la ley o sus estatutos, siempre y cuando se les garantice un debido proceso y se respeten los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. SEGUNDO.- Junto al reconocimiento del derecho indígena y otros derechos culturales, debe promoverse el reconocimiento de derechos socio-económicos y políticos, sin los cuales los derechos culturales devienen en vacíos. PUCP Lima. Se reconoce a los autores la paternidad de la obra y se protege la integridad de esta. 19-36.Disponible en: https://www.verdadyreconciliacionperu.com/admin/files/libros/559_digitalizacion.pdf. JUSTICIA COMUNITARIA: LA NECESIDAD DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY DE COORDINACIÓN JURISDICCIONAL. La segunda pregunta fue: ¿Deben los jueces incorporar en la motivación de sus decisiones los principios contenidos en los protocolos aprobados por resolución del órgano de gobierno del Poder Judicial? Región Cuzco Varayoc de Comunidades En: Javier La Rosa Calle, Acceso a la justicia en el mundo rural, IDL, Lima, 2007, pág. La razón es que el artículo 149 de la Constitución, no reconoce facultades jurisdiccionales a las rondas campesinas autónomas, como ya lo sostuvimos. El acuerdo plenario es, sin lugar a duda, el punto de inflexión en cuanto a desarrollo de la justicia comunal se refiere, que marca un antes y un después. Y, en definitiva, más persuasiva será una jurisprudencia si ella es reiterada y uniforme. El primer eje temático fue “Alcances de la coordinación y competencia de la jurisdicción especial”. Introducción al proceso civil. estaría en el hecho que no hay verdaderamente policía comunitaria en el Perú. Gálvez Rivas, Aníbal. La sensación que queda cuando se lee esta sentencia es que el TC cree estar ante un caso societario, sin mucha conciencia de las diferencias culturales detrás. El desconocimiento de la justicia comunal por la ley y la Constitución. No obstante, en los hechos estamos ante un desarrollo normativo de la justicia comunal, generando un impacto sustantivo en la implementación de la justicia comunal reconocida en la Constitución. LINARES, S. (1953). Posteriormente se aprobó la Ley de Rondas Campesinas, aprobada a través de la Ley No 27908, publicada el 6/01/03. En ese contexto, el artículo 18 del Nuevo Código Procesal Penal es significativo, pues reiteró una regla que ya estaba en el artículo 149 de la Constitución: que la justicia comunal tiene una prelación y una preferencia al momento de resolver un conflicto. Lo que hoy día se puede traducir como conciencia jurídica colectiva de la sociedad y esto se ha tomado como un tema antropológico y sociológico en donde, qué duda cabe, no puede haber consenso sobre la naturaleza jurídica de las normas analizadas; ahora bien se crea una aparente antinomia entre el Art. la "justicia comunal", es una forma de solución de conflictos de carácter conciliatorio en comunidades campesinas y nativas que reconoce nuestro sistema de justicia en el perú, pues en. Los plenarios regionales de Pucallpa y Cusco. JUSTICIA COMUNITARIA EN LOS ANDES: PERÚ Y ECUADOR 6 Cambio de estrategias matrimoniales Otros indicios de la individualización 2.3.1.2 Efectos de un supuesto individualismo creciente para la jus cia comunitaria Cambios en la percepción de los derechos y en las normas de referencia Cambios en las estrategias de resolución de confl ictos Community Courts: The Research Literature. A nivel del Tribunal Constitucional, existen pronunciamientos respecto de los derechos de los pueblos indígenas, así se tiene la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente N° 01126-2011-HC/TC el caso de la comunidad Tres Islas, donde el Tribunal Constitucional versa sobre la Constitución, el multiculturalismo, la realidad social, la garantía de la propiedad de la tierra de las comunidades campesinas y nativas, la protección de la autonomía comunal entre otros. Esta falta de reconocimiento, precisamente, generó que a líderes de rondas campesinas les abrieran procesos penales por usurpación de funciones y otros delitos a propósito del ejercicio de la función jurisdiccional, generando un proceso de criminalización del ejercicio de la justicia comunal, reconocida en la justicia comunal[7]. Problema. Ubicado en la amazonia noroccidental del Perú, el pueblo Awajún cuenta con una población aproximada de 70.000 habitantes, repartida en 488 comunidades. En cada país se ha apreciado la heterogeneidad de la Justicia de Paz y se intenta dar algunas explicaciones, desde las diferentes particularidades. R/. La ley establecerá las formas de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema jurídico nacional”. El acuerdo fue: “En la solución de controversias por la tenencia de tierras en el interior de las comunidades campesinas, se debe considerar, de manera fundamental, el derecho propio, los estatutos y reglamentos de las comunidades campesinas, así como los Protocolos para una Justicia Intercultural del Poder Judicial. Comentarios al Acuerdo Plenario de la Corte Suprema que reconoce facultades jurisdiccionales a las rondas campesinas, Instituto de Defensa Legal IDL Lima, 2010. 2. Derechos de autor 2020 WILLIAN ALAIN HANCCO. Lima, Peru. "Contradicciones en el discurso de la justicia comunitaria en el Perú" [en línea]. Tribunal Constitucional deja sin dientes a la justicia indígena. [11] Se trata de un tema clave, que tiene todos los países que ha reconocido la jurisdicción comunal en sus constituciones: Constitución de la República de Colombia de 1991. En otra se advierte que esta corte establece que las rondas campesinas no tienen un poder ilimitado sino tienen una competencia sujeta a condiciones. SALMON, E. (2012). Además por sus deficiencias propias, el sistema de justicia estatal no sería capaz de atender los miles de conflictos originados en los pueblos campesinos. El principio de interculturalidad exige un dialogo entre la justicia indígena y la justicia estatal, no la imposición del Estado de su concepción de justicia. Asimismo, los jueces deben dar razones de sus sentencias, en consonancia con la obligación de motivación y el principio de la interdicción de la arbitrariedad. La Comentarios al Acuerdo Plenario de la Corte Suprema sobre Rondas Campesinas, en: Facultad Jurisdiccional de las Rondas Campesinas Comentarios al Acuerdo Plenario de la Corte Suprema que reconoce facultades jurisdiccionales a las rondas campesinas. En nuestra opinión, este desarrollo aún es incipiente y en el caso Villar[31] peligroso, en relación con lo reconocido por el artículo 149 de la Constitución. En nombre del sagrado derecho a la vida, de los derechos de los pueblos indígenas reconocidos por la #ONU y organismos internacionales, en nombre de la paz y la justicia social, exigimos que paren la masacre de nuestros hermanos en #Perú.La violencia destruye la convivencia. También encontramos sentencias donde el Tribunal Constitucional ha reafirmado la constitucionalidad de la justicia comunal, y ha resuelto casos de colisión entre las costumbres y derechos fundamentales como la integridad física o el debido proceso. “Artículo Único. La Consulta Previa, libre e informada en el Perú. Fondo Editorial, Lima, Perú. La jurisdicción penal ordinaria no es competente para conocer: Ciertamente, algunos no quieren ver en esta norma, interpretada en consonancia con la Constitución, una regla de preferencia para que la primera opción la tengan la justicia comunal, en caso de conflicto con la justicia estatal. Nº 2174-2005, 26/04/06; Puno, Sala Penal Transitoria, Exp. c) Procedimientos que permitan una mínima garantía de los derechos fundamentales de los procesados y los agraviados; d) La potestad para hacer efectivas sus decisiones y que estas sean definitivas, con plena observancia de los derechos fundamentales de los integrantes; y,”. Competencia de la justicia comunal para resolver conflictos sobre actividades extractivas en sus territorios[27]. Disponible en: http://www.institut-gouvernance.org/es/chapitrage/fiche-chapitrage-10.html#iref:1. El pleno acordó por unanimidad: “Los jueces deben incorporar en la motivación de sus decisiones los principios contenidos en los protocolos en materia de justicia intercultural aprobados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, caso por caso, concordándolos con normas de rango superior como la Constitución, Tratados Internacionales, la Ley y sus Reglamentos, en materia de justicia intercultural”. Volumen 4, Instituto de Defensa Legal. Segunda edición. Disponible en: https://centroderecursos.cultura.pe/sites/default/files/rb/pdf/Laotrajusticia%201.pdf. Lima, 2006 https://idl.org.pe/portfolio/el-tratamiento-de-conflictos-un-estudio-de-actas-en-133-comunidades/; Jaime Vintimilla Saldaña, Milena Almeida Mariño, Remigia Saldaña Abad, Derecho Indígena, Conflicto y Justicia Comunitaria en comunidades Kichwas del Ecuador. (STC No 01126-2012-HC, f.j. 3), “Como ha sido indicado en la presente demanda, la comunidad nativa representada por la demandante decidió controlar la intrusión no autorizada de terceros que estarían vulnerando la integridad territorial, física y biológica de la comunidad nativa porque estarían realizando actividades de tala ilegal de árboles, minería informal y la prostitución informal. A continuación, una rápida revisión de los hitos fundamentales de este proceso, aún abierto. En este orden de ideas, es fundamental destacar que a nivel de la Corte Suprema, se ha emitido el Acuerdo Plenario N° 1-2009/CJ-116 que tiene como asunto: rondas campesinas y derecho penal. “En atención a lo expuesto será de rigor considerar como conductas que atentan contra el contenido esencial de los derechos fundamentales y, por tanto, antijurídicas y al margen de la aceptabilidad del derecho consuetudinario, (i) las privaciones de libertad sin causa y motivo razonable –plenamente arbitrarias y al margen del control típicamente ronderil-; (ii) las agresiones irrazonables o injustificadas a las personas cuando son intervenidas o detenidas por los ronderos; (iii) la violencia, amenazas o humillaciones para que declaren en uno u otro sentido; (iv) los juzgamientos sin un mínimo de posibilidades para ejercer la defensa –lo que equivale, prácticamente, a un linchamiento-; (vi) la aplicación de sanciones no conminadas por el derecho consuetudinario; (vii) las penas de violencia física extrema –tales como lesiones graves, mutilaciones- entre otras”. LEDESMA M. (2008). [2] Sin duda una de las personas que más ha trabajado el tema es Raquel Yrigoyen. Es, en otras palabras, desnaturalizar su función específica, condenándolas a ver asuntos residuales. Justicia comunitaria en los Andes: Perú y Ecuador, El Tratamiento de Conflictos, Un estudio de actas en 133 comunidades. La pregunta fue: ¿Qué mecanismos de coordinación interjurisdiccional deberían institucionalizarse? 6. Hacia un reconocimiento pleno de las Rondas Campesinas y pluralismo legal. Pero no solo se ha alterado el modelo constitucional de justicia indígena, sino que, vía interpretación constitucional, se ha alterado la relación entre la justicia comunal y la justicia estatal. Justicia comunitaria en los Andes: Perú y Ecuador, El Tratamiento de Conflictos, Un estudio de actas en 133 comunidades. 5. Por último, existe también entre líneas un mensaje de respaldo y de apoyo a la justicia comunal. la "justicia comunal", es una forma de solución de conflictos de carácter conciliatorio en comunidades campesinas y nativas que reconoce nuestro sistema de justicia en el perú, pues en el artículo 149° de la constitución establece que las autoridades de las comunidades campesinas y nativas, con el apoyo de las rondas campesinas, pueden ejercer … En: Acceso a la justicia de la población rural, IDL, Lima, 2007, pág. En: Aníbal Gálvez Rivas y Cecilia Serpa Arana (Editores) Justicia intercultural en los países andinos: contribuciones para su estudio, Red Andina de Justicia de Paz y Comunitaria, IDL, Lima, 2013, págs.. 312-342. Nuestra norma no es creación una heroica de nuestros constituyentes, sino una copia del artículo 246 de la Constitución Política de Colombia. ¿En cuántos Mundiales ha participado la Sección Peruana? Por Wilfredo Ardito Vega, Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH)1. Cuatro son las sentencias del TC en las que se han pronunciado específicamente sobre la justicia comunal. Serie: Justicia Comunitaria En los Andes: Perú y Ecuador, Volumen 3, Instituto de Defensa Legal. Estas sentencias resultaban relevantes toda vez que tarde o temprano la Corte Suprema vería los casos sobre justicia comunal en última instancia. Nos referimos a la “Ley de reconocimiento de las Rondas Campesinas”, aprobada por Ley No 24571, publicada el 7/11/86, y luego, se consolida el 15 de marzo de 1988, con la aprobación del Reglamento de organización y funciones de las rondas campesinas, pacíficas democráticas y autónomas, aprobada por D.S. Ante esta realidad se plantea como objetivo específico: “Consolidar la justicia comunal ejercida por las autoridades de los pueblos indígenas, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas, como reconocimiento de la pluralidad del país”[20]. Lima: Instituto de Defensa Legal. En un contexto de violencia política, la justicia comunal generaba suspicacia y recelos por parte del Estado, los cuales se concretaba en la criminalización del ejercicio de la justicia comunal. También puede encontrarse reglas medianamente consolidadas. . En un primer momento la justicia comunal no tenía reconocimiento normativo, constitucional ni legal. El documento ha sido elaborado conjuntamente con actores -personas e instituciones- vinculados con la justicia comunal en todo el país. “Artículo 171.- … La ley compatibilizará estas funciones con las atribuciones de los poderes del estado”. Es el Canal del Poder Judicial del Perú, que tiene como fin acercar al Juez y la justicia a la población. Bogotá: Universidad Nacional, 2000 97. La coordinación entre la justicia comunal y la justicia estatal[10]. A. La pregunta fue: ¿Qué acciones debe tomar el juez para garantizar los derechos lingüísticos del ciudadano integrante de comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas durante el proceso? Si se mira en perspectiva, se advertirá que la justicia comunal adquiere ciudadanía no solo en la sociedad sino en el Estado, en materia de acceso a la justicia. Como ha quedado expuesto en los párrafos anteriores, las Rondas Campesinas tienen este atributo socio cultural. Y una norma no podía ir más allá de la Constitución. Disponible en: https://centroderecursos.cultura.pe/sites/default/files/rb/pdf/Slas%20mujeres%20en%20la%20justicia.pdf; Brandt, Hans-Jürgen (Editor), Cambios en la justicia comunitaria y factores de influencia. “Artículo 191.- … La ley hará compatibles aquellas funciones con las del sistema judicial nacional”. “la justicia comunal reconocida en la Constitución Política, requiere algunos ajustes a nivel normativo y funcional debido que a pesar que se reconoce el ejercicio de funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen derechos fundamentales, no existe una adecuada coordinación con la justicia ordinaria y las autoridades públicas, la que muchas veces no respeta sus decisiones” [19]. Buenos Aires, Argentina. Hay una demanda para resolver los conflictos dentro de los parámetros culturales de la población andina y amazónica, algo que la justicia estatal no puede satisfacer. Estamos ante un intento de utilizar políticamente a las rondas campesinas, que se habían convertido en una organización social fuerte de resistencia a la subversión. La pregunta fue: ¿Los jueces deben preferir la aplicación de penas sustitutivas o alternativas de la pena privativa de la libertad para ciudadanos integrantes de comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas? Prohibir a la justicia indígena que vea delitos es, en el fondo, prohibir que cumplan con la función principal que cumplen. Definitivamente estos principios dotan a los operadores del sistema de justicia de una caja de herramientas, indispensable para el gran trabajo hermenéutico que deberán hacer fundamentalmente los jueces cuando resuelven conflictos sobre justicia comunal. ACTIVIDADES QUE SE VIENEN REALIZANDO A NIVEL DE JUSTICIA COMUNITARIA. © 2018 Diario Los Andes - CORPORACIÓN DECANO ALTIPLÁNICO S.A.C AREQUIPA: Calle Dean Valdivia N° 418. La pregunta fue: ¿Qué herramientas o criterios pueden utilizar los jueces ordinarios para examinar la naturaleza de la actuación de una autoridad comunal o ronderil que es objeto de impugnación o de reconocimiento? Lima, 2007. https://www.academia.edu/33606795/Normas_Valores_y_Procedimientos_en_la_Justicia_Comunitaria_Estudio_Cualitativo_en_Comunidades_Ind%C3%ADgenas_de_Ecuador_y_Per%C3%BA; Franco Valdivia, Rocío. Disponible en: https://centroderecursos.cultura.pe/sites/default/files/rb/pdf/CAMBIOS%20EN%20LA%20JUSTICIA%20COMUNITARIA%20Y%20FACTORES%20DE%20INFLUENCIA.pdf; La Rosa Calle, Javier / Levaggi Tapia, Renato. El acuerdo plenario de la Corte Suprema: El desarrollo “reglamentario” de la justicia comunal[24]. La demandante argumenta que dicha decisión fue tomada por los dirigentes de la comunidad nativa en virtud del ejercicio de su función jurisdiccional, reconocido por el artículo 149º de la Constitución. En otras palabras, en puridad, no se desarrolla y precisa el contenido del artículo 149 de la Constitución, sino las competencias de las rondas campesinas autónomas de control social, más allá de las funciones jurisdiccionales. La justicia indígena concreta un conjunto de bienes jurídicos de rango constitucional y convencional, donde destaca el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho a la identidad cultural, el derecho a la autodeterminación entre otros. Se puede consultar los siguientes textos: Raquel Yrigoyen Fajardo (1995): Constitución, Jurisdicción indígena y derecho consuetudinario. Ver también: Defensoría del Pueblo. 2006 • Hans-Jürgen Brandt. Lima: CEAS y Deshaciendo Entuertos; Raquel Yrigoyen Fajardo (2002). Ayacucho acata paro pacifífico y piden justicia para las . Los usuarios la perciben como cercana, justa y eficiente. La justicia comunitaria awajún Escrito en 30 Noviembre 2022.Publicado en Noticias. Sub Área Nº 6: Justicia de Paz y Justicia Comunal. Movilización fue en solidaridad a las víctimas de Juliaca, y exigencia a Dina Boluarte a renunciar por ola de muertes y protestas. tu justicia al hijo de reyes, para que rija a tu pueblo con justicia, a tus humildes con rectitud. pdf. Ello por cuanto el derecho fundamental al debido proceso irradia todo tipo de procesos y procedimientos, cualquiera que fuese su naturaleza, incluyendo las relaciones interprivatos. Reglas para le interpretación constitucional. No obstante, no queda claro el alcance de la fuerza normativa de este acuerdo. TERCERA.- Presentar al Congreso de la República un proyecto de ley que desarrolle el Art. En dos sentencias de 14 se insiste en el respeto de los derechos fundamentales y en otra que las rondas campesinas actúan en base a usos y costumbres. Palabras clave: Policía comunitaria, servicios policiales, justicia criminal, Políticas Públicas, América Latina, Perú. El Departamento de Justicia anunció hoy que ha llegado a un acuerdo conciliatorio con Youth UpRising, una organización comunitaria con sede en Oakland, California, que presta servicios para jóvenes. Asimismo, la normatividad del Estado, la Constitución Política del Perú, las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo”. La constitucionalización de la justicia comunal[5]. Es evidente que el TC desconoce en el caso Villar que las rondas campesinas y la justicia comunal, en buena medida nacieron no solo para organizar la vida en el campo, sino que surgieron para enfrentar el abigeato y la delincuencia ante el vacío y el abandono en que el Estado deja a los pueblos indígenas y en general a la población rural. En tal sentido, si considera que el presunto abigeo ha sido detenido de manera razonable, y se respeta cierto contenido mínimo de las garantías del debido proceso, se declara infundado el hábeas corpus. 83. 3. Este tema se esquiva. En una de 14 sentencias la Corte Suprema reconoce que las rondas urbanas no tienen cobertura constitucional. El primer eje temático es el “Tratamiento de casos relacionados al régimen de tenencia de tierras de las comunidades campesinas”. Vivimos tiempos de cambio de era, de diferentes crisis que cuestionan nuestra humanidad. La Fiscalía de Perú anunció durante este martes la apertura de una nueva investigación a la presidenta del país, Dina Boluarte, por la muerte de al menos 17 personas en la jornada del lunes en la localidad de Juliaca, en el sur de la nación andina. Estudio de la constitución política de 1993. El TC en el artículo 149 de la Constitución no restringe a la materia penal de la justicia indígena como lo pretende el TC en el caso Villar. Disponible en: https://es.scribd.com/document/103104358/POR-QUE-DEBEN-RECONOCERSE-FACULTADES-JURISDICCIONALES-A-LAS-RONDAS-CAMPESINAS-AUTONOMAS. Editorial La Ley, Buenos Aires, Argentina. Ubicado en la amazonia noroccidental del Perú, el pueblo Awajún cuenta con una población aproximada de 70.000 habitantes, repartida en 488 comunidades. IDL. la mujer de 36 años cuyos restos fueron encontrados en una fosa clandestina el pasado 28 de diciembre . 149° de la Constitución, promoviendo mecanismos de coordinación entre las autoridades estatales de justicia y la justicia impartida en las comunidades campesinas y nativas. Los reyes de Saba y de Arabia le ofrezcan sus dones; La justicia comunal, es decir, la justicia impartida por las autoridades de las comunidades campesinas y nativas[2], no fue una creación normativa ni académica[3]. HANCCOW. Ver: Comisión Especial para la Reforma Integral de la Administración de Justicia. “Artículo 246º.- Las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República. Un buen ejemplo de este temor son los diferentes adjetivos que se le endilgan a las rondas campesinas con la ley 24571, cuando se les denomina rondas “pacíficas democráticas y autónomas”. Los derechos reconocidos a los pueblos indígenas y comunidades campesinas y nativas se aplican a las Rondas Campesinas en lo que le corresponde y favorezca, “Artículo 7°.- Actividades en beneficio de la paz comunal. Tenemos en primer lugar el I Pleno jurisdiccional regional sobre justicia intercultural, realizado en Ucayali, los días 2 y 3 de setiembre de 2016. Primero fueron criminalizadas y luego alcanzaron reconocimiento a través de un acuerdo plenario de la Corte Suprema. Este problema será solucionado por la Corte Suprema a través de su Acuerdo Plenario, como luego veremos[6]. IWGIA El Fondo Verde para el Clima en el Perú ESP 2022 . Análisis de la justicia comunal en el plan de la CERIAJUS: Hacia un modelo de justicia inclusivo. Administración de la Justicia en el Perú - Fase 3 - RPP F3 Responsable de la contribución de GTZ: Hartmut Paulsen - Director del Programa Gobernabilidad e Inclusión . 139° Inciso 1 de la Constitución que versa sobre la unidad y exclusividad de administración de justicia, a cargo del Poder Judicial; entonces los menos optimistas señalan que no existe tal contradicción o antinomia, sino que las comunidades campesinas o nativas no poseen jurisdicción independiente, sino que se trata de una simple delegación de facultades del Poder Judicial por vía constitucional para otorgar servicios legales a estas organizaciones los más optimistas propenden a una jurisdicción plena de la “justicia comunal” como parte del pluralismo legal. La ley establece las formas de coordinación de dicha jurisdicción especial con los Juzgados de Paz y con las demás instancias del Poder Judicial”. Nº 752-2006, 17/05/06; Amazonas, Sala Penal Permanente, Exp. [12] Juan Carlos Ruiz Molleda. PEREZ, A. El desafío es que los comunarios confíen en la justicia comunitaria y dejen de acudir a la justicia ordinaria del Estado. Justicia comunitaria en la sierra sur peruana: reglas sociales y estrategias para la resolución de conflictos en Macusani, Puno . Abrazos, Su dirección de correo no se hará público. 137-168. 3. [23] Por mencionar algunas: Piura, Sala Penal Permanente, Recurso de Nulidad Nº 4382-97, 09/03/97; Huaraz, Sala Penal Permanente, Nº 4160-96, 07/11/97; Piura, Sala Penal Permanente, exp. Las comunidades nativas en el Perú son 1,192 y están ubicadas a lo largo de todo nuestro territorio amazónico. 6. Detrás de estos pronunciamientos del Poder Judicial y del TC y de los otros órganos más políticos como el Congreso y otros, existe un reconocimiento al trabajo de las rondas campesinas y de la justicia comunal, las cuales no caen en la tentación del linchamiento o de salidas autoritarias, sino que intentan, no sin dificultades, responder a un problema de falta de acceso a la justicia y a la seguridad ciudadana de la población de zonas rurales. También podemos encontrar cierto desarrollo normativo en las sentencias del Poder Judicial que resolvían conflictos a propósito del ejercicio de la justicia comunal, reconocida en el artículo 149 de la Constitución. La pregunta fue: ¿Qué marco o marcos jurídicos deben ser utilizados por la justicia ordinaria al momento de resolver casos relacionados al régimen de tenencia de tierras de las comunidades campesinas? (STC No 07009-2013-PHC, f.j. 39). Esto significa que la norma más importante del ordenamiento jurídico, como es la Constitución Política, reconoce a la justicia comunal como una de sus instituciones fundamentales. Las Rondas Campesinas en uso de sus costumbres pueden intervenir en la solución pacífica de conflictos suscitados entre los miembros de la comunidad u organizaciones de su jurisdicción y otros externos siempre y cuando la controversia tenga su origen en hechos ocurridos dentro de su jurisdicción comunal”. [25] Comentarios al acuerdo Plenario pueden ser encontrados en: Víctor Prado Saldarriaga, n El Acuerdo Plenario Nº 1-2009/CJ-116 de la Corte Suprema: “Rondas Campesinas y Derecho Penal”, pág. El TC ha modificado en los hechos el artículo 149 de la Constitución. IWGIA El Fondo Verde para el Clima en el Perú ESP 2022 . MONROY J. Plena Vigencia de la Constitución y de los Derechos Humanos y Acceso a la Justicia e Independencia Judicial. Avances en el reconocimiento de la justicia comunitaria en el ámbito normativo. Discursos y decretos que matan: terruqueo y Estados de Emergencia, El desarrollo normativo de la justicia comunal en el Perú. En La otra JUSTICIA Revista de Análisis sobre Justicia Intercultural, Año I – Número 01, Diciembre 2011. Reconocimiento de la justicia Comunal por la CERIAJUS[12]. EU, Plus Ultra, Buenos Aires, Argentina. Rondando por nuestra ley. Los protocolos aprobados por resolución del órgano de gobierno del Poder Judicial. IDL. Comentarios al Código Procesal Civil, Tomo I. Gaceta Jurídica. SEGUNDA.- La “justicia comunitaria” tiene una función social muy importante. Para el examen en sede judicial de la actuación de una autoridad comunal o ronderil, se debe recurrir al estatuto de la comunidad o ronda en cuestión como referencia para determinar la naturaleza de la función ejercida. Constitución Política de la República de Venezuela de 1999. El segundo eje temático fue: “Criterios para el avocamiento de los jueces en casos que involucren a las autoridades comunales y ronderiles”. El pleno acordó por unanimidad: El segundo eje temático fue sobre “Intérpretes y traductores en lenguas indígenas u originarias”. Alega que la sentencia cuestionada vulnera su autonomía comunal, facultad constitucional otorgada a las comunidades campesinas y nativas”. Los intentos estatales de controlar políticamente a las rondas campesinas y a la justicia comunal. Artículo: 18° Límites de la jurisdicción penal ordinaria. Artículos de investigaciones realizadas por estudiantes con docentes, Administración de Justicia, Jurisdicción, competencia, solución de conflictos, Rondas Campesinas, Ley de Coordinación jurisdiccional, Vol. La justicia comunal en el Convenio 169 de la OIT. Elemento humano. La justicia comunal en el Perú antes de su constitucionalización, 1. En: Alpanchis Nº 59/60 (2002), Volumen I, Cusco, Instituto de Pastoral Andina. Nº 1523-2004, 01/03/05; Cajamarca, Sala Penal Transitoria Nº 3473-04, 04/05/05; Cajamarca, Sala Penal Transitoria, Exp. Dicho grupo de trabajo, reconoce como problema la falta de “respeto” de las autoridades públicas y del sistema de justicia de la justicia comunal, como consecuencia de la falta de una adecuada coordinación ente la justicia comunal y la justicia ordinaria. Dirección postal: Jr. Conde de Lemos con Jr. Grau. 7. B. El proceso de constitucionalización de la justicia comunal, 1. La justicia comunitaria sigue siendo necesaria, por lo menos hasta tiempos futuros cuando se haya logrado una integración completa de los grupos étnicos en la sociedad mayoritaria, hasta que hayan desaparecido las barreras lingüísticas, sociales y económicas en el acceso a la justicia ordinaria. Se trata de dos normas de rango constitucional, que reconocen la justicia comunal, pero no con la claridad adecuada, sino de forma un tanto imprecisa. 5 Núm. La justicia comunal, en parte, surge porque el Estado no es capaz de brindar servicios de justicia y seguridad ciudadana a la población rural y a la población indígena, toda vez que aún existen barreras que impiden que la población rural e indígena tenga acceso a la justicia. Δdocument.getElementById( "ak_js_1" ).setAttribute( "value", ( new Date() ).getTime() ); We are professional and reliable provider since we offer customers the most powerful and beautiful themes. 2. [29] El caso de Zebelio Kayap: Las sentencias de la Suprema pueden ser descargadas de este artículo en los links respectivos: http://www.justiciaviva.org.pe/webpanel/doc_trabajo/doc13062013-204236.pdf. En el fondo, se está vaciado de contenido la justicia indígena, inutilizándola para la finalidad que fue creada. El mensaje que hay entre líneas de estos pronunciamientos es que las rondas campesinas y la justicia comunal son fundamentales, y es que es posible trabajar juntos y sumar esfuerzos a favor de la lucha contra la delincuencia y de los abigeos que tanto daño hacen a la precaria económica de la población del campo. Ante esta situación, y reconociendo la “escasa cobertura del sistema justicia”[17], propone encaminarnos hacia un “modelo de justicia inclusivo”, y en nuestro caso en concreto, “desarrollo de la justicia comunal” [18]. Estos protocolos son importantes pues si bien no desarrollan normas regla, de esas que se aplican inflexiblemente (todo o nada), en su lugar desarrollan puntualmente principios jurídicos que brindan criterios sustanciales y al mismo tiempo flexibles de interpretación a los operadores del sistema de justicia, para resolver casos complejos. (STC No 07009-2013-PHC, f.j. 34), “En el escenario descrito, queda claro que por ejemplo, no podrían ser materia de conocimiento en el ámbito de la justicia comunal, todos aquellos delitos que recaigan sobre derechos fundamentales como la vida, la salud, la integridad física, psíquica y moral, la libertad, entre otros o que puedan afectar de alguna forma los intereses de aquellas personas ubicadas en condición especial y/o sensible como los niños, los adolescentes, las mujeres en estado de embarazo, los ancianos, etc.”. En nueve de las 14 sentencias analizadas de la Corte Suprema encontramos que, para los jueces supremos, las rondas campesinas no comenten delito de secuestro, coacción, extorsión ni usurpación de funciones. IWGIA Libro Rebelión Ciudadana y la Justicia Comunitaria en Guerrero 2014 ES . A. La propuesta de la CERIAJUS en esta materia es el “Desarrollo de políticas públicas de reconocimiento y respeto de las manifestaciones jurídicas propias de los pueblos indígenas, comunidades nativas, campesinas y rondas campesinas” [21]. Uno de los primeros filósofos del derecho que tocó este tema fue Savigny, quien pensaba el derecho como un producto de la sociedad y creado desde abajo, sin Estado, por el “espíritu del pueblo”. Luego del reconocimiento de la justicia comunal, social y normativamente, un tema de inevitable debate es la coordinación entre la justicia comunal y la justicia estatal[11]. Finalmente tenemos el preocupante caso Villar: “[…] es un hecho que teniendo como referencia directa lo previsto en el artículo 149 de la Constitución, ningún delito que pueda, además de lesionar bienes jurídicos tutelados por la ley penal, lesionar el contenido constitucionalmente protegido de derechos fundamentales o de bienes jurídicos de relevancia constitucional vinculados a estos, podía ser pasible de juzgamiento en el ámbito de la justicia comunal”. [28] Las sentencias de la Suprema pueden ser descargadas de este artículo en los links respectivos en http://www.justiciaviva.org.pe/webpanel/doc_trabajo/doc13062013-204236.pdf. El TC desconoce que el ejercicio de la costumbre es expresión de la identidad cultural y que hay una obligación constitucional del Estado de tomar en cuenta las diferencias culturales. Justicia comunitaria en los andes: Perú y ecuador Justicia Comunitaria en los Andes: Perú y Ecuador LAS MUJERES EN LA JUSTICIA COMUNITARIA: VÍCTIMAS, SUJETOS Y ACTORES 3 Justicia Comunitaria en los Andes: Perú y Ecuador LAS MUJERES EN LA JUSTICIA COMUNITARIA: VÍCTIMAS, SUJETOS Y ACTORES Rocío Franco Valdivia María Alejandra González Luna 5 LAS MUJERES EN LA JUSTICIA COMUNITARIA . Los campos requeridos están marcados *. “Artículo 260.- La ley determinará la forma de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional”. Los casos Huaura, Tres Islas, Zelada Requelme y Villar Vargas. Disponible: https://www.cejamericas.org/Documentos/DocumentosIDRC/29facultadjurisdiccionalrondas.pdf. Estas características tienen que ver con el contexto de violencia política que se vivía. "Justicia y resolución de conflictos: la alternativa comunitaria", en Pensamiento Jurídico No 1. Aún cuando en los hechos, indirectamente los termina vinculando. Manual de Derecho Constitucional. "Conflicto y justicia en comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas en el Perú procura ser un aporte para expandir la evidencia etnográfica a partir de i) la metodología . by Hans-Jürgen Brandt. Como luego veremos, el artículo 149 de la Constitución no les reconoció a las rondas campesinas autónomas, que surgen fuera de la estructura comunal, funciones jurisdiccionales. About Press Copyright Contact us Creators Advertise Developers Terms Privacy Policy & Safety How YouTube works Test new features Press Copyright Contact us Creators . Proponen que gobernadores y alcaldes sean vacados por no continuar con ejecución de obras presupuestadas. Miles de personas participaron este martes en las marchas convocadas en Bolivia para pedir la libertad de Luis Fernando Camacho.Santa Cruz propuso una lucha en todo el país por la recuperación . En dicho contexto la Comunidad Campesina de Aucallama, en su condición de persona jurídica con interés público, sujeta a los principios, valores y disposiciones constitucionales, tiene la obligación de respetarlos al igual que un ciudadano o institución pública o privada”. [4] Sobre barreras de acceso a la justicia ver: Javier La Rosa Calle, Acceso a la justicia: elementos para incorporar un enfoque integral de política pública. Lima, 2009. 6. Proyecto: Empoderamiento del periodismo peruano, http://www.justiciaviva.org.pe/acceso_justicia/publicaciones/acceso_justicia.pdf, https://www.defensoria.gob.pe/modules/Downloads/informes/varios/2005/rondas_campesinas.pdf, https://idl.org.pe/portfolio/el-tratamiento-de-conflictos-un-estudio-de-actas-en-133-comunidades/, https://idl.org.pe/portfolio/derecho-indigena-conflicto-y-justicia-comunitaria-en-comunidades-kichwas-del-ecuador/, https://www.academia.edu/33606795/Normas_Valores_y_Procedimientos_en_la_Justicia_Comunitaria_Estudio_Cualitativo_en_Comunidades_Ind%C3%ADgenas_de_Ecuador_y_Per%C3%BA, https://centroderecursos.cultura.pe/sites/default/files/rb/pdf/Slas%20mujeres%20en%20la%20justicia.pdf, https://centroderecursos.cultura.pe/sites/default/files/rb/pdf/CAMBIOS%20EN%20LA%20JUSTICIA%20COMUNITARIA%20Y%20FACTORES%20DE%20INFLUENCIA.pdf, https://drive.google.com/file/d/19-33AqdSpQYjNDyQDf4aQr7S6R0CEuNG/view, https://www.verdadyreconciliacionperu.com/admin/files/libros/559_digitalizacion.pdf, http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/3163, https://es.scribd.com/document/103104358/POR-QUE-DEBEN-RECONOCERSE-FACULTADES-JURISDICCIONALES-A-LAS-RONDAS-CAMPESINAS-AUTONOMAS, https://www.cejamericas.org/Documentos/DocumentosIDRC/29facultadjurisdiccionalrondas.pdf, http://www.apci.gob.pe/marco/atach/AcuerdoNacional.pdf, http://www.ser.org.pe/files/rondando_por_nuestra_ley.pdf, https://kipdf.com/justicia-comunal-y-justicia-estatal-en-el-peru-de-la_5b15be557f8b9a7a988b45a5.html, http://www.justiciaviva.org.pe/ceriajus/docjv/La%20Justicia%20Comunal.ppt, http://www.institut-gouvernance.org/es/chapitrage/fiche-chapitrage-10.html#iref:1, https://centroderecursos.cultura.pe/sites/default/files/rb/pdf/Laotrajusticia%201.pdf, http://centroderecursos.cultura.pe/sites/default/files/rb/pdf/Protocolo%20de%20coordinacion%20entre%20sistemas%20de%20justicia.pdf, http://www.justiciaviva.org.pe/webpanel/doc_trabajo/doc13062013-204236.pdf, https://www.servindi.org/actualidad/92630, https://laley.pe/art/5999/tribunal-constitucional-deja-sin-dientes-a-la-justicia-indigena, Instituciones de la sociedad civil presentan medida cautelar ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos por el abuso policial y militar en el contexto de las protestas, Ley del gatillo fácil: Tribunal Constitucional admite demanda contra ley que promueve el uso arbitrario de la fuerza, Organizaciones indígenas apelan decisión del Poder Judicial que promueve la deforestación y la violencia en la Amazonía peruana.
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